
Dependencia y Ley de Dependencia
Sistema para la Autonomia y la Atención a la Dependencia (SAAD)
Sitio oficial: http://www.imserso.es/dependencia_01
¿Qué es el Sistema para la Autonomia y la Atención a la Dependencia?
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia ha creado el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) que constituye el cauce para la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas intervinientes y para la optimización de los recursos públicos y privados disponibles para la atención de las personas dependientes.
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¿Qué forma parte de la Red de Servicios del SAAD?
La Ley 39/2006 establece que la red de centros del SAAD estará formada por:
- Los centros públicos de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
- Los centros de referencia estatal de Referencia para la promoción de la autonomía personal y atención de las situaciones de dependencia.
Los Centros privados concertados debidamente acreditados.
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¿Quiénes podrán ser usuarios del SAAD?
Aquellas personas que puedan ser beneficiarias de la Ley de Dependencia, para ello hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos en la Ley 39/2006
- Ser español y residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el período de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
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¿De qué tipo de prestaciones se podrán beneficiar los beneficiarios?
Las personas que sean declaradas dependientes, podrán recibir ciertos servicios:
- Directamente una serie de servicios, prestados a través de la red pública de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, mediante centros y servicios públicos o privados concertados.
- De no ser posible la atención mediante un servicio, se podrá recibir una prestación económica, de carácter periódico. Deberá estar vinculada a la adquisición de un servicio.
- Con carácter excepcional, se podrá recibir una prestación económica para ser atendido por cuidadores no profesionales, como pueden ser los familiares de la persona dependiente.
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¿Cómo se reconoce el derecho a las prestaciones del SAAD?
Primero hay que ser reconocido como persona en situación de dependencia, para ello hay que solicitar la valoración ante el Órgano Gestor correspondiente de la Comunidad Autónoma de residencia. La Administración, una vez valorada la situación del solicitante, emitirá resolución en la que se determinarán los servicios y prestaciones que correspondan al solicitante en atención a su grado y nivel de dependencia.
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¿Cuáles son los servicios de atención del SAAD?
El Catálogo de Servicios del Sistema, inclido en la Ley 39/2006, es el siguiente:
- Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Ayuda a domicilio:
- Atención de las necesidades del hogar.
- Cuidados personales.
- Servicio de Centro de Día y de Noche:
- Centro de Día para mayores.
- Centro de Día para menores de 65 años.
- Centro de Día de atención especializada.
- Centro de Noche.
- Servicio de Atención Residencial:
- Residencia de personas mayores en situación de dependencia.
- Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.
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¿Cómo se financia el SAAD?
El SAAD se financiará a través de las Administraciones Públicas de la siguiente manera:
- La Administración General del Estado financiará el nivel mínimo de protección garantizado para cada uno de los beneficiarios.
- Las Comunidades Autónomas aportarán cada año, al menos una cantidad igual a la de la Administración General del Estado en su territorio.
- Los beneficiarios de las prestaciones participarán en la financiación de las mismas, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica. Sin que ello pueda suponer que queden beneficiarios fuera de la cobertura del sistema por no poseer suficientes recursos económicos.
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